por NOTARIA PUBLICA NO. 11, lunes, 15 de abril de 2019 13:16 Fe de hechos
La fe de hechos es un servicio que otorga un Notario Público, en el que certifica un acontecimiento (lícito o no) en un determinado tiempo y lugar. La función del Notario es dar fe como observador de lo que pasa en ese momento y de manera objetiva, sin calificar los hechos, ni dar juicios de valor.
Con este instrumento jurídico público se hacen constar una gran variedad de sucesos, situaciones o abstenciones que hagan las personas y cosas. Estos pueden ser apreciados objetivamente, para que surtan efectos legales, señalando con exactitud para dar seguridad jurídica.
A continuación, enlistamos una serie de fe de hechos que el Notario Público está facultado hacer:
Celebración de asambleas
El estado de un inmueble
El cumplimiento de obligaciones
El incumplimiento de obligaciones
La entrega o recepción de bienes
El uso de marcas y nombres comerciales
La comercialización de servicios o productos
Si quieres conocer más acerca de este tema, envíanos un correo electrónico: rcardenas@notaria11.net